Majul v. Moyano

Cerrado Resultado mixto

Key Details

  • Tipo de Expresión
    Panfletos / Posters / Banners
  • Fecha de la decisión
    octubre 16, 2020
  • Decisión
    Rechazo de la acción
  • Número del caso
    CCC 63096/2018/CA1
  • Región y País
    Argentina, Latinoamérica y el Caribe
  • Órgano Judicial
    Corte o Juzgado de apelación
  • Régimen Jurídico
    Derecho Constitucional
  • Temas
    Violencia contra la libertad de expresión/ Impunidad

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Analisis de Caso

Resumen y resultado del caso

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la República Argentina decidió archivar la investigación contra P. Moyano, al no reunirse los elementos requeridos de amenaza criminal. El periodista Luis Majul ejerció una acción penal contra P. Moyano por considerar que éste era el responsable de coordinar un grupo de personas que colgaron carteles contra él y su esposa en la vía pública. Esos carteles contenían las injurias «exprimidor y extorsionador de jueces y fiscales» y «Repudia y recuerda este rostro». El Tribunal de Apelación consideró que, aunque los carteles tenían como objetivo socavar la reputación profesional del Sr. Majul, no alcanzaban el umbral necesario para constituir una amenaza del Sr. Moyano contra el denunciante. El tribunal razonó que no estaba probado que las comunicaciones contuvieran un «anuncio de un futuro daño cierto y claro, requisito ineludible de la calificación penal propuesta por el demandante en su recurso» [p. 4].


Hechos

El Sr. Luis Majul es un periodista que presentó una denuncia penal contra P. Moyano, un dirigente sindical que supuestamente coordinó a un grupo de personas para colgar unos carteles que ofrecían una imagen negativa del periodista y su esposa. Los carteles contenían calumnias como «exprimidor y extorsionador de jueces y fiscales», acompañadas de una imagen de él, su esposa y el fiscal de la provincia de Buenos Aires. 

A raíz de estos hechos se inició una investigación penal por amenazas contra el Sr. Moyano. Sin embargo, fue archivada por la jueza de primera instancia al considerar que era imposible proseguir con la investigación por no concurrir el elemento del delito consistente en la existencia de un «anuncio futuro de un daño cierto y evidente». Esta decisión fue tomada con base en el artículo 195 del Código Procesal Penal de la Nación y en el artículo 45 del Código Penal argentino. 

Esta decisión fue recurrida por el denunciante -el Sr. Majul- por tres razones principales. Primero, porque en su opinión el juez de primera instancia sólo interpretó los calificativos de «exprimidor y extorsionador de jueces y fiscales» y «Repudia y recuerda esta cara» como perjudiciales para el fiscal, ignorando que también lo eran para el periodista que realmente estaba siendo amenazado por los carteles. En segundo lugar, por las incoherencias de la sentencia, según la cual el caso se archivaba porque no se había podido identificar a las personas que cometieron el delito, aunque en otros fragmentos de la sentencia se afirmaba que el caso se archivaba porque los hechos investigados no podían ser calificados como delitos. Por último, el Sr. Majul alegó que no era relevante para la investigación que el Sr. Moyano no estuviera presente en el lugar donde se colgaron los carteles, ya que estaba claro -por otras pruebas como los vídeos- que instigó a otros a hacerlo. 


Análisis de la Decisión

Los jueces Ricardo Matías Pinto y Rodolfo Pociello Argerich dictaron la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Argentina. La cuestión principal que se planteó ante el Tribunal fue determinar si la coordinación de un grupo de personas para colgar carteles con la foto de un periodista, acompañados de las expresiones «exprimidor y extorsionador de jueces y fiscales» y «Repudia y recuerda esta cara» constituían amenazas según la ley penal. 

El denunciante argumentó que los hechos descritos eran suficientes para condenar al Sr. Moyano por amenazas, ya que «todas las pruebas corroboraban la hipótesis de que los carteles tenían como objetivo frenar las investigaciones y la publicación de información relacionada con las causas judiciales de P. Moyano, bajo la amenaza de hacerle la vida imposible a él y a su familia» [p. 2]. En otras palabras, el Sr. Majul afirmó que los carteles eran un mecanismo que se utilizaba para silenciar sus investigaciones periodísticas. 

Por el contrario, los jueces consideraron que los carteles y las expresiones que los acompañaban no eran suficientes para condenar al Sr. Moyano por amenazas, ya que la ley exigía un acto por el cual un individuo anuncia deliberadamente «que quiere causar a otra persona algún daño futuro». Según los jueces de este caso, no había pruebas de una intención clara o cierta de causar un daño futuro. 

El tribunal afirmó además que la «desaprobación social que puedan tener los actos analizados no puede sustituir uno de los elementos exigidos por la ley penal» [p. 4]. Por lo tanto, aunque el tribunal reconoció que las acciones realizadas contra el periodista tenían como objetivo socavar su reputación profesional, el Sr. Moyano no podía ser condenado por el delito de amenazas al periodista. 

Teniendo en cuenta lo anterior, el tribunal confirmó la decisión del juez de primera instancia de cerrar la investigación.


Impacto de la decisión

Información Inmediata

El Impacto de la Decisión indica si la decisión expande o restringe la expresión basado en el análisis del caso.

Resultado mixto

Esta decisión tiene un resultado mixto, ya que, por un lado, no protege el derecho a la libertad de expresión del periodista, incluso cuando se reconoce que se produjeron actos que pretendían socavar la reputación del periodista; pero, por otro lado, establece un estándar elevado para emprender acciones legales contra personas que expresan opiniones incómodas y chocantes. El caso se enmarca dentro de un debate crítico sobre la protección de la libertad de expresión, a saber, hasta qué punto las expresiones que puedan socavar las actividades de quienes vigilan, como los periodistas o los defensores de los derechos humanos, deben tener algún tipo de castigo, mientras que esto puede tener un efecto directo en la aplicación de las normas generales sobre la libertad de expresión.

Perspectiva Global

Información Inmediata

La Perspectiva Global demuestra cómo la decisión de la corte fue influenciada por normas de una o más regiones.

Table of Authorities

Normas jurídicas o decisiones judiciales nacionales

  • Código Penal de la Argentina, art. 45

Importancia De La Decisión

Información Inmediata

La importancia del caso se refiere a cuán influyente es el caso y cómo su importancia cambia con el tiempo.

La decisión tiene un efecto vinculante o persuasivo dentro de su jurisdicción.

Enlace a los documentos oficiales del caso

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