CGFoE presenta un Amicus Curiae en un caso sobre periodismo de investigación y protección de fuentes en Perú

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    Libertad de Prensa

Columbia GFoE presentó un escrito de amicus curiae para defender los estándares internacionales de la libertad de expresión y proteger el periodismo de investigación en Perú en un caso relativo al periodista y director de IDL Reporteros, Gustavo Gorriti.

New York City, 18 de Junio de 2024 – El pasado mes de mayo, Columbia Global Freedom of Expression (CGFoE) presentó escrito de amicus curiae ante el Primer Juzgado Especializado en los Consitucional de Lima, Perú, en un caso relativo al periodista Gustavo Gorriti, quien está siendo investigado por presunto soborno a fiscales. El escrito sostiene que, conforme a los más altos estándares internacionales, la investigación contra Gorriti viola su libertad de expresión e inhibe el derecho de la ciudadanía peruana a acceder a información de marcado interés público. También remarcó que los presuntos hechos constitutivos del delito del periodista no son más que un ejercicio legítimo de su libertad de expresión.

Gorriti es un reputado periodista de investigación y director de IDL Reporteros, que ha sacado a la luz la corrupción en las más altas esferas del gobierno peruano, con repercusión en toda América Latina. Su labor ha sido decisiva para exigir responsabilidades a los funcionarios y promover la transparencia. Sin embargo, Gorriti se enfrenta ahora a una investigación preliminar por el delito de cohecho activo por haber prestado supuestamente apoyo mediático a favor de los fiscales que trabajan en el caso Lava Jato —uno de los casos de corrupción más sonados de la región—, que suele ser objeto de sus reportajes periodísticos.

El escrito presentado por CGFoE explica que el caso se enmarca en un grave resurgimiento regional del uso de macanismos penales como dispositivo de intimidación y silenciamineto de periodistas, investigadores y otras voces indispensables en una sociedad democrática. De igual forma, se expone que las investigaciones publicadas por el periodista, que motivaron la apertura de la investigación penal, no sólo no pueden ser la causa de un proceso penal, sino que, según toda la jurisprudencia internacional en la materia, obedecen a expresiones que merecen especial protección por parte del Estado por tratarse de reportes de altísima relevancia pública. 

En el caso en cuestión, el proceso contra Gorriti incluye órdenes para levantar la confidencialidad de sus comunicaciones telefónicas durante los últimos cinco años. Al respecto, con base en estándares internacionales y comparados, el escrito señala que esta medida, de ser implementada, violaría la garantía de protección de las fuentes y desincentivaría a otras fuentes a sacar a la luz información de interés público.  

El escrito destaca además que la apertura de una investigación sobre la base del ejercicio de un derecho humano fundamental, y la restricción desproporcionada de la reserva de la fuente, no solo constituyen una vulneración a la libertad de expresión del señor Gorriti, sino que producen un notable efecto inhibidor que impacta la dimensión colectiva de este derecho al afectar de manera sustancial el derecho de la sociedad a acceder a información de interés público. En este caso, privar a la sociedad peruana de las investigaciones sobre asuntos de corrupción implica también un daño irreparable en sus procesos de participación democrática. Esta tiene el derecho a informarse sobre asuntos de interés público. Lo anterior no es sino una precondición esencial para la consolidación de democracias modernas en las que el Estado —cuya autoridad y poder emanan de sus ciudadanos— está obligado a rendir cuentas.

El escrito destaca además que la apertura de una investigación a la luz del ejercicio de un derecho humano fundamental, y la restricción desproporcionada de la confidencialidad de las fuentes, no sólo constituye una violación de la libertad de expresión del Sr. Gorriti, sino que también inhibe significativamente el derecho colectivo de la sociedad a acceder a información de interés público. En este caso, privar a la sociedad peruana de las investigaciones sobre corrupción también implica un daño irreparable a la democracia. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados sobre asuntos de interés público. Ello no es sino una precondición esencial para la consolidación de democracias modernas en las que el Estado —cuya autoridad y poder emanan de su ciudadanía— está obligado a rendir cuentas.

El escrito de CGFoE fue presentado con el único fin de coadyuvar la labor del Tribunal en la protección de las libertades de opinión, expresión y prensa en este importante caso sobre el uso del derecho penal contra el periodismo de investigación y la protección de las fuentes periodísticas. El mismo, es de la autoría de nuestra directora asociada, Hawley Johnson; nuestra experta asociada y exrelatora de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Catalina Botero Marino; nuestro consultor jurídico y de programa, Anderson Javiel Dirocie De León y nuestro investigador legal, Juan Manuel Ospina Sánchez.

Puede acceder al documento completo en su versión original en español aquí y puede leer una traducción de cortesía no autorizada al inglés aquí.

Authors

Hawley Johnson

Directora Asociada

Catalina Botero Marino

Experta asociada de CGFoE y Ex Relatora
Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Anderson Javiel Dirocie De León

Consultor Jurídico y de Programa

Juan Manuel Ospina

Investigador Legal

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