Libertad de Prensa, Acceso a la Información Pública, Otro (ver palabras clave), Regulación de Contenido/ Censura
Diario la Teja v. Federación Costarricense de Fútbol
Costa Rica
Cerrado Expande el alcance del derecho a la Expresión
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El Supremo Tribunal Federal suspendió una medida cautelar que prohibió la difusión en internet de una noticia sobre la participación de un policía militar en una acción supuestamente irregular. La decisión se basó en la prohibición de la censura previa incluida en la Constitución de Brasil y en tratados internacionales de derechos humanos de los que Brasil es parte. También abordó la protección de la no divulgación de las fuentes.
La Empresa Paulista de Televisão SA transmitió un programa televisivo en el cual acusaba al señor Anselmo Ferreira Caba, policía militar, de haber participado en actos irregulares. La acusación se dio con base en imágenes y declaraciones de testigos. El señor Ferreira Caba inició un procedimiento judicial en el que solicitó una indemnización por daños morales y en el que también pidió una medida cautelar para prohibir la divulgación de la noticia en el sitio web de la empresa. El juez de primera instancia concedió la medida cautelar determinando la prohibición de la divulgación. Esta decisión fue confirmada por el juez de segunda instancia en el Estado de São Paulo.
La Empresa Paulista de Televisão SA inició una acción de Reclamación (un remedio constitucional que busca garantizar la competencia del Supremo Tribunal Federal y la autoridad de sus fallos) para que la medida cautelar fuera suspendida con fundamento en su inadecuación con la decisión del Supremo Tribunal Federal en la acción que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Prensa en Brasil (Brasil, STF, ADPF 130/DF). Así mismo, alegó que la noticia se basó en distintos elementos de prueba obtenidos por fuentes periodísticas, que no se trataba de una noticia falsa, y que no tenía la intención de dañar la honra del señor Caba sino la de informar acerca de una situación de relevancia e interés público.
El Supremo Tribunal Federal de Brasil señaló que la medida cautelar recurrida estaba en desacuerdo con los precedentes jurisprudenciales del mismo Supremo Tribunal respecto a la protección al derecho a la libertad de expresión que afirman el relevante rol del derecho como instrumento, a su vez, del derecho colectivo de acceso a la información. Así mismo, afirmó que la decisión cautelar violó la autoridad de la sentencia del Supremo Tribunal en el caso ADPF 130/DF, cuyo carácter reconoció como vinculante.
En este sentido, la decisión resalta que el ejercicio de la jurisdicción cautelar del Poder Judicial “no puede convertirse en una práctica judicial inhibitoria” [p. 6] de la libertad de expresión so pena de que el poder general de cautela atribuido al Poder Judicial se “cualifi[que] peligrosamente como el nuevo nombre de una inaceptable censura estatal” [p. 6]. Al respecto, el Tribunal hace una compilación histórica de la prohibición a la censura en las constituciones brasileñas, que culmina con la prohibición expresa del art. 220, párr. 2 de la Constitución de 1988. Así mismo, el Supremo Tribunal recordó las obligaciones asumidas por Brasil al ratificar tratados internacionales de derechos humanos.
Finalmente, el Supremo Tribunal reafirmó sus precedentes en el sentido de que la intervención judicial debe surgir necesariamente de responsabilidades ulteriores cuando haya práctica abusiva del derecho a libertad de expresión, resguardado siempre la protección de la fuente.
Aunque no estuviera directamente relacionado con el tema discutido en la decisión, el Supremo Tribunal analizó el derecho a la no divulgación de la fuente en cuanto presupuesto constitucional de la práctica periodística. En este sentido señaló que la Constitución de Brasil asegura a los periodistas el derecho a no ser obligados a revelar la fuente de sus informaciones, lo que abarca la prohibición de cualquier sanción directa o indirecta cuando el periodista se rehúse a revelar la fuente. El Tribunal concluyó que la prerrogativa de no divulgar la fuente es un instrumento de concretización de la libertad de información y una verdadera garantía institucional que asegura el ejercicio del derecho fundamental de buscar y transmitir informaciones libremente.
El Impacto de la Decisión indica si la decisión expande o restringe la expresión basado en el análisis del caso.
La decisión confirma los precedentes del Supremo Tribunal Federal, y advierte que las medidas cautelares que prohíban la divulgación de noticias son consideradas como censura judicial y son contrarias a la Constitución.
La Perspectiva Global demuestra cómo la decisión de la corte fue influenciada por normas de una o más regiones.
La importancia del caso se refiere a cuán influyente es el caso y cómo su importancia cambia con el tiempo.
En tanto se trata de una decisión de una alta Corte, la misma debe ser tenida en cuenta por la judicatura al momento de tomar decisiones en casos similares.
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