El caso de la investigación sobre las noticias falsas en Brasil

En apelación/recurso extraordinario/recurso constitucional Contrae el alcance del derecho a la Expresión

Key Details

  • Tipo de Expresión
    Comunicaciones electrónicas o a través de Internet
  • Fecha de la decisión
    mayo 26, 2020
  • Decisión
    Resultado de la decisión (Remedios/orden), Bloqueo o filtrado de información
  • Número del caso
    Inq. 4781
  • Región y País
    Brasil, Latinoamérica y el Caribe
  • Órgano Judicial
    Corte Constitucional
  • Régimen Jurídico
    Derecho Penal
  • Temas
    Publicaciones en Línea, Moderación de contenidos, Seguridad Nacional, Regulación de Contenido/ Censura
  • Palabras clave
    Restricciones de contenido, Difamación penal (injuria y calumnia), Personas de relevancia pública, Fake News, Global Restriction

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Analisis de Caso

Resumen y resultado del caso

Un juez brasileño ordenó a Facebook y Twitter suspender las cuentas de personas investigadas por «difusión de noticias falsas, acusaciones falsas, amenazas» y otras conductas ilegales, «que afectan a la honorabilidad y seguridad del Tribunal Supremo, así como a la de sus miembros y sus familias». Tras las crecientes críticas al Tribunal Supremo en Internet, el Presidente del Tribunal ordenó una investigación penal y nombró a un juez para presidirla. Ese juez concluyó que había pruebas de un «uso coordinado de herramientas informáticas organizadas, como cuentas en redes sociales, para crear, divulgar y difundir información falsa o capaz de perjudicar a las instituciones del Estado de Derecho, en particular al Tribunal Supremo». Tras ordenar a Twitter que suspendiera las cuentas y enterarse de que las suspensiones se limitaban a las/os espectadoras/es de Brasil, el juez dictó una orden adicional por la que exigía a Twitter que bloqueara el acceso a las cuentas a todas/os las/os usuarias/os, con independencia de su ubicación.


Hechos

En marzo de 2019, el presidente del Tribunal Supremo de Brasil, Dias Toffoli, inició una investigación penal por insultos proferidos en contra del Tribunal Supremo. Esto se produjo después de meses de crecientes críticas al Tribunal Supremo, así como de insultos dirigidos a sus miembros, en particular por parte de partidarias/os del entonces presidente Jair Bolsonaro. El Presidente de la Corte citó el artículo 43 del Reglamento de la Corte, que establece que «[e]n caso de violación de la ley penal en las instalaciones de la Corte, el Presidente iniciará una investigación, si se trata de una autoridad o persona sujeta a su jurisdicción, o delegará esta tarea a otra/o juez/a.» La orden del Presidente del Tribunal Supremo por la que se iniciaba la investigación describía el ámbito de la misma como una investigación por la «difusión de ‘fake news‘ y el esquema de financiación relacionado con ella, acusaciones falsas (denuncia calumniosa), amenazas y otras conductas ilegales que afectan a la honorabilidad y la seguridad del Supremo Tribunal Federal, sus miembros y sus familias».

El juez Alexandre de Moraes fue designado para supervisar la investigación y, a continuación, nombró a un juez de primera instancia para que actuara como instructor especial. El perito especial escuchó el testimonio de los miembros de la Cámara de Representantes y examinó el contenido recogido por la policía. El perito especial concluyó que las pruebas demostraban que había repetidos mensajes en las redes sociales que contenían «graves insultos a este Tribunal y a sus miembros» y que las pruebas apuntaban al uso de bots para llegar a una audiencia considerable que estaba siendo financiada por un grupo de empresarios que proporcionaban recursos a las/os participantes de la organización que estaba detrás de esos ataques. En el marco de la investigación, la policía llegó a la conclusión de que sería necesaria la incautación de dispositivos y su inspección por expertas/os forenses, así como el interrogatorio de las personas investigadas, para identificar a las/os autoras/es de los mensajes en redes sociales que contenían insultos contra el Tribunal y sus miembros.

El contenido de las publicaciones en las redes sociales fue identificado por la policía y por el juez Moraes en la investigación y durante una audiencia del Tribunal Supremo. La policía informó que las cuentas habían publicado contenidos «afirmando que el [Tribunal Supremo] es una vergüenza y pidiendo un procedimiento de destitución contra sus miembros». El juez Moraes identificó que algunas de las publicaciones en las redes sociales incluían afirmaciones como «Violen y maten a las hijas de los/as jueces/zas serviles del Tribunal Supremo» y «¿Cuánto cuesta disparar a quemarropa a cada [improperio] juez/a del Tribunal Supremo que quiera acabar con el cumplimiento de sentencias penales una vez confirmadas por un tribunal de apelación? Si [lo hacen], sólo nos queda tirar gasolina y prender fuego a la sala plena del Tribunal Supremo, con los/as jueces/zas Barbie dentro». En la decisión del Tribunal Supremo, el juez Moraes había señalado que en marzo de 2019 las/os fiscales de São Paulo habían frustrado un plan de asesinato contra un juez en ejercicio, después de haberse infiltrado en un foro de la dark web. Añadió que las/os fiscales también estaban llevando a cabo una investigación separada después de que un dispositivo fuera lanzado y explotara en la acera frente a la casa de uno de los jueces en un incidente diferente.

El 18 de junio de 2020, el Tribunal Supremo se pronunció sobre un recurso de inconstitucionalidad relacionado (ADPF 572). Este caso había sido presentado por el partido político Rede Sustentabilidade contra la disposición del Reglamento del Tribunal utilizada como base para la investigación penal, y contra la propia investigación. El Tribunal Supremo consideró que la investigación era una respuesta institucional necesaria en contra de los ataques de quienes pretendían desplazar al Tribunal y socavar la independencia judicial y de quienes publicaron amenazas en contra de sus miembros en las redes sociales y difundieron deliberadamente desinformación como estrategia para romper con el orden constitucional establecido. El Presidente del Tribunal Supremo y el Juez Moraes participaron en las deliberaciones del Tribunal Supremo sobre ese recurso de inconstitucionalidad después de que el Tribunal Supremo rechazara una solicitud de recusación.

Por diez votos contra uno, el Tribunal Supremo rechazó el recurso de inconstitucionalidad. Sin embargo, en declaraciones que los/as propios/as jueces/zas habían clasificado como dicta no vinculante, señalaron que la investigación penal debía atenerse a ciertas limitaciones, entre ellas que el ámbito de la investigación debía limitarse al discurso que exhibiera «un riesgo real para la independencia del poder judicial… mediante amenazas a los miembros del Tribunal Supremo y a sus familiares; atentara contra el poder político establecido, contra el Estado de Derecho y contra la democracia». Estas declaraciones también señalaban que la investigación debía respetar el derecho constitucionalmente protegido a la libertad de expresión y de prensa, por lo que debía excluir del ámbito de la investigación los artículos periodísticos y los posteos, acciones u otro tipo de discursos (incluidos los datos personales) en Internet, siempre que estos discursos no formen parte de un mecanismo de financiación y difusión masiva en las redes sociales.


Análisis de la Decisión

El juez Moraes examinó el informe del perito judicial. La cuestión central presentada ante el Tribunal era qué medidas debían adoptarse con respecto a las publicaciones en las redes sociales.

El Fiscal General alegó que el Tribunal debía limitarse a ordenar a la policía a que interrogara formalmente a las personas investigadas y a los proveedores de servicios que conservaran las publicaciones y presentaran los datos de los abonados de tres cuentas de Twitter.

El Tribunal consideró que las pruebas demostraban la «posibilidad real de la existencia de una conspiración criminal […] relacionada con la difusión de noticias falsas; ataques ofensivos a particulares, a las autoridades y a las instituciones, entre ellas el Tribunal Supremo Federal, con manifiesto contenido de odio, subversión del orden e incentivo para quebrantar la normalidad institucional y democrática». En los testimonios de miembros de la Cámara de Representantes se había hecho referencia a la conspiración como una dirigida por un «Gabinete del Odio». El Tribunal se basó en esto y en un informe presentado por la Policía que demostraba que habían once cuentas de Twitter que se seguían entre sí —y que «esas cuentas comenzaron a publicar contenido negativo y ataques al [Tribunal Supremo, desde el 7 de noviembre de 2019, inicialmente sin utilizar hashtags o utilizando el hashtag #STFVergonhaNacional [es decir, Tribunal Supremo vergüenza nacional]».

En consecuencia, el Tribunal ordenó la aplicación de una serie de medidas contra las personas investigadas, entre ellas la obtención de sus registros bancarios y registros e incautaciones en sus domicilios y otros lugares. También ordenó la suspensión de las cuentas de las personas investigadas en Facebook, Twitter e Instagram, añadiendo que ello era «necesaria para poner fin a los discursos con contenido de odio, subversión del orden e incentivo a la ruptura de la normalidad institucional y democrática».

Tras la sentencia del Tribunal Supremo, el 18 de junio de 2020, el juez Moraes emitió otra orden. Refiriéndose a un artículo de prensa que informaba que las cuentas impugnadas seguían en línea, Moraes señaló que Twitter había informado al Tribunal que no podía cumplir una orden que ordenaba genéricamente la suspensión de las cuentas, ya que no podía determinar qué cuentas debían suspenderse basándose en la información (nombres e identificación del contribuyente) que le había facilitado inicialmente el Tribunal. La nueva orden enumeraba los nombres de las cuentas de cada una de las personas y daba a Twitter 24 horas para cumplirla.

Tras esta segunda orden, se incorporó al expediente judicial un informe policial en el que se afirmaba que las cuentas de Twitter y Facebook seguían siendo accesibles para quienes se encontraban fuera de Brasil o para quienes se encontraban en Brasil utilizando redes privadas virtuales con servidores en el extranjero, y que, en Twitter, las/os usuarias/os podían acceder a las cuentas con solo cambiar su ubicación dentro de sus preferencias, a cualquier otra que no fuera Brasil. En consecuencia, el 28 de julio de 2020, el juez Moraes revisó ese informe y determinó que Twitter y Facebook no habían cumplido plenamente la orden judicial, e impuso a Twitter una multa de 20.000 BRL por incumplimiento y le ordenó que bloqueara el contenido de las cuentas «independientemente de los medios utilizados para acceder a las publicaciones, o de la [dirección] IP utilizada, ya sea desde Brasil o desde cualquier otro lugar».

Twitter y Facebook han declarado que han recurrido la orden, pero el expediente está sellado y se estima que los recursos están pendientes.


Impacto de la decisión

Información Inmediata

El Impacto de la Decisión indica si la decisión expande o restringe la expresión basado en el análisis del caso.

Contrae el alcance del derecho a la Expresión

En este asunto, el Tribunal Supremo ha sido criticado por carecer de jurisdicción para presidir una investigación penal y por confundir las funciones de la policía, la fiscalía y el poder judicial. Además, la sentencia no ofrece un análisis suficiente del contenido de las publicaciones en las redes sociales en cuestión y establece una severa limitación de censura previa a las publicaciones en redes sociales de las personas investigadas antes de aplicar restricciones menores. Tampoco se evalúa la autoridad del Tribunal para ordenar la suspensión de cuentas en redes sociales a escala global.

Perspectiva Global

Información Inmediata

La Perspectiva Global demuestra cómo la decisión de la corte fue influenciada por normas de una o más regiones.

Importancia De La Decisión

Información Inmediata

La importancia del caso se refiere a cuán influyente es el caso y cómo su importancia cambia con el tiempo.

La decisión tiene un efecto vinculante o persuasivo dentro de su jurisdicción.

La decisión fue citada en:

Enlace a los documentos oficiales del caso

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