Abudoj v. Radio Bío Bío y Otros

Cerrado Contrae el alcance del derecho a la Expresión

Key Details

  • Tipo de Expresión
    Comunicaciones electrónicas o a través de Internet, Prensa / periódicos
  • Fecha de la decisión
    julio 9, 2018
  • Decisión
    Confirma en parte, revoca en parte la sentencia de instancia inferior, Orden de actualización
  • Número del caso
    Fallo No. 8543-2018
  • Región
    Latinoamérica y el Caribe
  • Órgano Judicial
    Corte Suprema [corte de última instancia/casación]
  • Régimen Jurídico
    Derecho Constitucional
  • Temas
    Privacidad, protección y retención de datos, Libertad de Prensa
  • Palabras clave
    Derecho al Olvido, Información actualizada, Google, Honra y buen nombre, Interés Público, Motores de búsqueda, Personas de relevancia pública

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Analisis de Caso

Resumen y resultado del caso

Sebastián Abudoj interpuso acción de protección contra Radio Bío Bío, El Mercurio S.A. Periodística, Televisión Nacional de Chile, Google Chile, Crónica Digital Chile, y WWW Gamba Chile, al estimar que la información que habían publicado esos medios, sobre un proceso penal que cursó en su contra entre 2012 a 2014, estaba desactualizada, y al permanecer así en la red, dañaba su honra. La sentencia de primera instancia, dictada por la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones de Concepción, negó el amparo solicitado por el actor, quien interpuso recurso de apelación, y obtuvo en segunda instancia la protección que reclamaba. La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, que fungió como juez de alzada, revocó parcialmente la sentencia de primera instancia pues consideró que la divulgación incompleta de la información, relativa únicamente a los aspectos perjudiciales del proceso penal en donde se investigaba al actor, que omitió difundir aquella relacionada con el sobreseimiento definitivo de ese procedimiento, comportó una actuación arbitraria de los medios y vulneró con ello su derecho a la honra. Por esa razón ordenó a los accionados actualizar la información disponible en la red sobre ese caso.


Hechos

El 28 de septiembre de 2012 Sebastián Abudoj, reconocido líder juvenil de un partido político, sufrió un accidente de tránsito producto del cual se inició una investigación penal en su contra por el cuasidelito de lesiones personales. El 12 de septiembre de 2014, tras la concertación de una salida alternativa y la suspensión provisional del proceso penal, el Juzgado de Garantías de Chiguayante declaró el sobreseimiento definitivo del proceso.

El 16 de diciembre de 2017 el señor Abudoj incoó una acción de protección contra los medios de prensa y comunicación Radio Bío Bío, El Mercurio S.A. Periodística, Televisión Nacional de Chile, Google Chile, Cronicadigital.cl, Diario El Itihue, El Antro, y www.gamba.cl., al considerar que sus publicaciones sobre el accidente y el proceso penal no fueron veraces y se encuentran desactualizadas, razón por la cual estimó que “ha sido víctima de persecución mediática” y señaló que ello le ha impedido conseguir un empleo y le ha generado una enorme angustia emocional. Solicitó la eliminación de las publicaciones negativas en su contra, tanto de las fuentes directas como de los buscadores, la prohibición de futuras publicaciones sobre los mismos hechos, e invocó la protección de sus derechos a la honra y al olvido.

Los medios accionados señalaron que el recurso se había presentado extemporáneamente, pues las publicaciones cuestionadas tenían más de 6 años de divulgación; que mantener archivos de prensa contribuye a la preservación de la memoria histórica y – en consecuencia – su eliminación vulnera la libertad de expresión; que los intermediarios, plataformas online y motores de búsqueda no pueden ser considerados creadores de contenidos, ni responsables de la información entregada por terceros, y que en la legislación chilena vigente no existe el derecho al olvido.

El 23 de abril de 2018, la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones de Concepción desestimó la acción de protección al considerar que en el caso no existió un acto ilegal o arbitrario por parte de los medios accionados, pues la publicación fue realizada en ejercicio de la libertad de expresión, y los registros se han mantenido sin que exista un actuar caprichoso o carente de razonabilidad. Esta decisión fue apelada por el accionante, y parcialmente revocada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, que actuó como juez de alzada.


Análisis de la Decisión

En esta oportunidad la Corte Suprema de Justicia analizó si es deber de los medios de comunicación y de prensa actualizar la información relativa a las noticias que hayan difundido en el pasado. A juicio de la Corte, es un deber de los medios de comunicación y de prensa actualizar la información publicada cuando esta contiene elementos que pueden menoscabar el nombre y honra de las personas. La Corte consideró que una práctica en contrario es una arbitrariedad, y en consecuencia un abuso de la libertad de expresión.

Así, en el caso objeto de análisis,  esta concluyó que los medios accionados no informaron “de manera certera la totalidad del proceso judicial en que el actor tuvo calidad de imputado, [pues] no se precisó con nuevas publicaciones que el proceso fue sobreseído definitivamente, luego de haberse verificado el cumplimiento del plazo y las condiciones de la salida alternativa de suspensión condicional del procedimiento” [p. 8]. De ese modo, al no existir una “comunicación íntegra” del asunto, se configuró una arbitrariedad contra el accionante.

Por esos motivos, la Corte revocó parcialmente la sentencia apelada, y en su lugar declaró la protección del derecho a la honra, ordenó a los medios accionados publicar la información judicial completa. En particular, la Corte instruyó que los medios debían “informar que se dictó sobreseimiento definitivo luego de haberse verificado por el tribunal el cumplimiento de las condiciones y los plazos aprobados en una suspensión condicional del procedimiento” [p. 9], y confirmó la decisión del a quo en lo relativo a Google Chile y El Mercurio S.A. Periodística, intermediarios en el proceso comunicativo, dado que a su juicio éstos no realizaron ninguna publicación o crearon contenidos, y en consecuencia no incurrieron en arbitrariedades.

Finalmente,  la Corte señaló que el derecho al olvido no ha sido legal ni constitucionalmente introducido en el ordenamiento jurídico chileno, por lo cual sus análisis se hicieron entre los derechos en tensión, previamente reconocidos por la legislación nacional, esto es la libertad de información, como manifestación de la libertad de expresión, y el derecho a la honra.


Impacto de la decisión

Información Inmediata

El Impacto de la Decisión indica si la decisión expande o restringe la expresión basado en el análisis del caso.

Contrae el alcance del derecho a la Expresión

En esta oportunidad, la Corte Suprema de Justicia chilena fue más allá de reconocer el deber de actualización de la información difundida, como parte de las responsabilidades ulteriores que pueden desprenderse del ejercicio de la libertad de expresión. La Corte rebasó sus facultades judiciales al señalar expresamente el contenido exacto de lo que – a su juicio – debían comunicar los medios accionados en esa actualización, lo cual supuso en el caso concreto una contracción a la libertad de expresión de esos medios, y una práctica judicial que no observa los límites que existen para las autoridades estatales frente al ejercicio de esa libertad.

Perspectiva Global

Información Inmediata

La Perspectiva Global demuestra cómo la decisión de la corte fue influenciada por normas de una o más regiones.

Table of Authorities

Normas jurídicas o decisiones judiciales nacionales

  • Chile., Constitución Política, art. 19
  • Chile., Constitución Política, art. 2O
  • Chile., Ley sobre Datos Personales, Ley No. 19.628
  • Chile., Ley de Prensa, Ley No. 19.733, art, 1
  • Chile., Ley de Prensa, Ley No. 19.733, art, 30
  • Chile., Sup., Auto sobre tramitación y fallo del recurso de protección No. 1

Importancia De La Decisión

Información Inmediata

La importancia del caso se refiere a cuán influyente es el caso y cómo su importancia cambia con el tiempo.

La decisión tiene un efecto vinculante o persuasivo dentro de su jurisdicción.

Enlace a los documentos oficiales del caso

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