Mamére v. Francia

Cerrado Expande el alcance del derecho a la Expresión

Key Details

  • Tipo de Expresión
    Discurso Público, Transmisión por medios audiovisuales
  • Fecha de la decisión
    noviembre 7, 2006
  • Decisión
    CEDH, Violación Artículo 10
  • Número del caso
    Application No. 12697/03
  • Región y País
    Francia, Europa y Asia Central
  • Órgano Judicial
    Tribunal Europeo de Derecho Humanos
  • Régimen Jurídico
    Derecho Internacional/regional de Derecho Humanos
  • Temas
    Difamación/ Injuria/ Reputación
  • Palabras clave
    Difamación penal (injuria y calumnia), Funcionarios públicos, Interés Público

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Analisis de Caso

Resumen y resultado del caso

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que la condena por difamación criminal de un alcalde violó su derecho a la libertad de expresión. El alcalde hizo comentarios criticando al director de una agencia fiscalizadora de contaminación nuclear. En un debate televisivo, el alcalde sugirió que el director de la Oficina Francesa para la Protección contra Radiación Ionizante había fracasado en proteger a la población de los efectos colaterales de la radiación a causa del accidente nuclear en Chernóbil. El Tribunal subrayó que, el alcalde como un funcionario electo, debe tener gran amplitud en ofrecer críticas sobre problemáticas de interés público.


Hechos

En octubre del año 1999, el alcalde y diputado ante la Asamblea Nacional de Francia de la ciudad de Bègles, Noel Mamère participó en un debate televisivo. En respuesta a una discusión iniciada por un invitado sobre el accidente nuclear en Chernóbil en el año 1986, el alcalde dijo lo siguiente:

Hace una semanas unos hongos que fueron importados a Francia se encontró que contenían cesio y esto es resultado de Chernóbil. Yo estuve presentando las noticias de la una de la tarde el día que ocurrió el desastre de Chernóbil en el 1986; en la Oficina Francesa para la Protección contra Radiación Ionizante había un ‘personaje siniestro’ llamado el señor Pellerin. Este dijo en varias ocasiones que Francia era tan fuerte (en referencia al complejo Asterix) que la nube de contaminación de Chernóbil no había cruzado nuestras fronteras».

Pellerin fue el director del Servicio Central para la Protección contra la Radiación Ionizante al momento del desastre ocurrido en Chernóbil. Pellerin fue eje de una pesquisa gubernamental debido a que pacientes de cáncer de tiroides entablaron acciones civiles en su contra. En dichas acciones, los pacientes alegaron que la agencia no había protegido al público de los efectos colaterales de la radiación proveniente del accidente de Chernóbil. Asimismo, los ciudadanos alegaron que las autoridades de la agencia habían mentido y minimizado la contaminación.

En enero del año 2000, previo a las acciones civiles entabladas por los ciudadanos, Pellerin radicó una querella por difamación criminal contra Mamère debido a los comentarios que este último realizó en televisión. Pellerin alegó en su querella que Mamère había cometido difamación pública contra un funcionario de acuerdo a las Secciones 29 y 31 de la Ley para la Libertad de Prensa del 1881. Pellerin también radicó una querella contra el canal de televisión que transmitió el debate, France 2, y a su director de publicación.

En octubre del año 2000, la Corte encontró culpable a Mamère y al director televisivo por difamación criminal y sentenció a ambos a una multa de 10,000 francos franceses. Además, la Corte les ordenó a pagar en daños solidariamente 50,000 francos franceses. Se les ordenó, a su vez, a publicar una nota en un periódico reconociendo la sentencia emitida. Los costos de la publicación de la nota periodística debían ser asumidos por los convictos.

Mamère apeló a la Corte de Apelaciones de París y a la División Criminal del Tribunal de Casación. Sin embargo, ambas apelaciones resultaron infructuosas. Luego, Mamère radicó una demanda en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la cual argumentó que su derecho a la libertad de expresión había sido violentado.


Análisis de la Decisión

Mamère argumentó ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que la condena en su contra por difamación criminal violó su derecho a la libertad de expresión en virtud del artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos. Específicamente, Mamère estableció que sus declaraciones se dieron en el contexto del desastre de Chernóbil y que se trató de un asunto que amenazó la salud pública.

La controversia principal ante el (TEDH) fue si la convicción por difamación criminal contra Mamère fue «necesaria en una sociedad democrática» en aras de proteger la reputación del señor Pellerin. La Corte estableció que la libertad de expresión no es un derecho absoluto y los Estados tienen un amplio margen para evaluar las restricciones que colocan a este derecho. Asimismo, en este caso, las declaraciones vertidas por Mamère eran de interés público. En especial, según el Tribunal, las expresiones eran respecto a la protección del ambiente y la salud pública. La Corte insistió en que el demandante estaba expresándose en su capacidad de funcionario electo dedicado a asuntos ecológicos. Por lo tanto, sus comentarios fueron una forma de expresión política o militante [par. 20].

Con base en esto, el Tribunal determinó que Mamère debió haber tenido la oportunidad de presentar las defensas de buena fe y verdad. El Tribunal reiteró que las personas procesadas debido a comentarios que sean de interés público deben tener la oportunidad de presentar las defensas de buena fe y verdad, en caso de alegaciones fácticas.

Además, El Tribunal hizo énfasis en que aquellos que participen en debates de interés público no pueden excederse de ciertos límites. Especialmente, estas limitaciones aplican cuando se trate de la reputación y los derechos de otras personas. Sin embargo, es permitido cierto grado de exageración y hasta provocación. Asimismo, se permite cierto grado de expresiones impropias. [par. 25]. El Tribunal determinó que las declaraciones de Mamère se encontraban dentro de los contornos de la exageración y la provocación permitida. Además, la Corte estableció que las expresiones contra Pellerin y su caracterización como un ‘personaje siniestro’ no fueron contra su carácter personal. De acuerdo a la Corte, las expresiones fueron dirigidas en contra de Pellerin en su carácter de director de una agencia en el contexto de informar al público sobre los efectos del accidente de Chernóbil en Francia. El Tribunal, además, encontró que la expresión utilizada por Mamère («nos dijo en varias ocasiones») realmente se refería a la cantidad de declaraciones públicas emitidas por Pellerin y no una alegación de que mintió públicamente. El Tribunal concluyó que la determinación de la Corte Nacional de que no hubo buena fe en las declaraciones de Mamère, demuestra una interpretación rígida de dichas declaraciones y difícilmente reconciliable con el derecho a la libertad de expresión [par. 26].

Además, el Tribunal hizo hincapié en que los comentarios que criticaban a Pellerin fueron dirigidos hacia su función como director de una agencia encargada de proteger la salud del público en general. Asimismo, el Tribunal continuó estableciendo que los servidores públicos no están abiertos a que cada una de sus expresiones o labores sea estrictamente fiscalizada a diferencia de los políticos. Sin embargo, en algunos casos los servidores públicos, mientras actúan en su capacidad oficial, están sujetos a límites más amplios de comentarios en su contra. Estos límites con relación a los servidores públicos son más amplios que los que se aplica a un ciudadano [par. 27]. Según la opinión del Tribunal, los requisitos de proteger a los servidores públicos deben ser balanceados con los intereses de la libertad de prensa y de discusiones abiertas sobre temas interés público [par. 27]. Sobre este asunto, el Tribunal señaló que una de las principales tareas de la agencia que Pellerin tuvo a su cargo, era supervisar los niveles de radiación en el país e informar a las autoridades pertinentes en caso de que surgiera un problema. Sin embargo, al momento en que las expresiones en controversia fueron realizadas, la agencia había dejado de existir y Pellerin se había retirado.

Por estas razones, el Tribunal concluyó que la condena en cotnra de Mamère por difamación no era proporcional. Por lo tanto, esta no era necesaria en una sociedad democrática de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos.


Impacto de la decisión

Información Inmediata

El Impacto de la Decisión indica si la decisión expande o restringe la expresión basado en el análisis del caso.

Expande el alcance del derecho a la Expresión

Esta decisión emitida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos amplía el derecho a la libertad de expresión. Ésta hizo énfasis en la necesidad de un escrutinio estricto hacia las convicciones por difamación. Especialmente, cuando las alegadas declaraciones difamatorias fueron realizadas por un representante electo y dirigidas contra un servidor público mientras este último actuaba en ejercicio de sus funciones y que tratan asuntos de interés público.

 

Perspectiva Global

Información Inmediata

La Perspectiva Global demuestra cómo la decisión de la corte fue influenciada por normas de una o más regiones.

Table of Authorities

Normas jurídicas Internacionales o Regionales relacionadas

Importancia De La Decisión

Información Inmediata

La importancia del caso se refiere a cuán influyente es el caso y cómo su importancia cambia con el tiempo.

La decisión tiene un efecto vinculante o persuasivo dentro de su jurisdicción.

Esta decisión de la Corte Europea de Derechos Humanos es vinculante entre los estados parte en este caso y establece una interpretación primaria sobre la Convención en relación a los otros Estados Miembros. Este caso ha sido citado en un sinnúmero de jurisprudencia. Además, la decisión es una parte integral de la jurisprudencia de la Corte en cuanto al nivel de criticas que un servidor público debe tolerar en sus funciones.

La decisión (incluyendo las opiniones concurrentes y disidentes) posee un efecto persuasivo fuera de su jurisdicción.

Este caso ha sido citado en otras decisiones que han sentado precedente fuera de Europa. Específicamente, en la Corte Inter-Americana de Derechos Humanos.

La decisión fue citada en:

Enlace a los documentos oficiales del caso

Enlace a los documentos oficiales del caso:


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