Difamación/ Injuria/ Reputación, Otro (ver palabras clave)
Storage and Parking SAS v. RCN Televisión SAS
Colombia
Cerrado Expande el alcance del derecho a la Expresión
El 7 de julio de 2020 el periodista Helio Schwartsman publicó en el periódico Folha de San Pablo, Brasil, un artículo titulado “Por que torço para que Bolsonaro morra” [Por qué espero que Bolsonaro muera], con ocasión de la confirmación del resultado positivo en la prueba COVID-19 que le fue practicada al presidente brasileño. Producto de esa publicación, el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública solicitó a la Policía iniciar una investigación policial contra el periodista por los presuntos delitos contra el honor y la dignidad del Presidente de la República, en aplicación de la Ley de Seguridad Nacional. Como mecanismo preventivo, Schwartsman interpuso un recurso de Habeas Corpus con dos objetivos: el primero, lograr la suspensión de la investigación policiva; y, el segundo, la emisión de una orden de fondo que impida cualquier atentado contra su libertad personal y de prensa, con ocasión del artículo publicado. El 25 de agosto de 2020 el Tribunal Superior de Justicia ordenó la suspensión de la investigación policial, bajo el entendido de que si bien el artículo podría ser objeto de críticas, en él no se contiene una lesión real o potencial a los bienes jurídicos protegidos por la Ley de Seguridad Nacional, ni a la honra o a la dignidad del presidente Bolsonaro, razón por la cual no existe mérito para procesarlo. Remitió su decisión a la Fiscalía Federal para que sea esta institución la que resuelva de fondo el archivo de la investigación contra Schwartsman.
El 7 de julio de 2020 el periodista Helio Schwartsman publicó un artículo titulado “Por que torço para que Bolsonaro morra” [Por qué espero que Bolsonaro muera], con ocasión de la confirmación del resultado positivo en la prueba COVID-19 que le fue practicada al presidente brasileño, y en el que expresaba sus opiniones sobre el desempeño y las consecuencias que ha traído a Brasil la administración de dicho presidente.
El Ministerio de Justicia y Seguridad Pública solicitó a la Policía la apertura de una investigación contra el periodista Schwartsman por considerar que su artículo contenía ofensas que atentaban contra la honra y dignidad del presidente, y contra la seguridad nacional y el orden político y social, protegidos de forma especial por la Ley de Seguridad Nacional (L. 7.170/1983).
Días antes de atender la primera audiencia a la que fue requerido por la Policía Nacional, Schwartsman interpuso recurso de Habeas Corpus contra la investigación policial, y solicitó su suspensión y archivo, señalando que el artículo era una materialización de su derecho a la crítica y de su libertad de prensa.
El 25 de agosto de 2020, un día antes de la referida audiencia, el Tribunal Superior de Justicia concedió el amparo por vía de Habeas Corpus, y suspendió la investigación policial iniciada contra el periodista, hasta que se produzca una decisión final de archivo. Para ello remitió el proceso a la Fiscalía Federal, exponiendo las razones por las cuales considera que no se ha configurado delito alguno que justifique la investigación policial.
En esta ocasión, el Tribunal Superior de Justicia de Brasil, con sede en Brasilia, debió considerar si ¿existía una causa justa para adelantar una investigación policial, que pudiera conducir a un eventual enjuiciamiento penal, como consecuencia de una publicación periodística contra el gobierno de turno, bajo la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional?
El Tribunal consideró que no existía una causa justa en tal empleo de la Ley de Seguridad Nacional, en particular si el artículo cuestionado no atenta contra ninguno de los bienes jurídicos protegidos por ese cuerpo normativo, ni afecta la integridad corporal, la salud del presidente de la República, ni supone una calumnia o difamación.
El Tribunal señaló que, según la jurisprudencia de otras corporaciones judiciales, la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional presupone la presencia de dos requisitos acumulativos: uno subjetivo, coherente con la motivación y el propósito político del agente; y, otro objetivo, referido a la lesión real o potencial de la integridad territorial, la soberanía nacional, el régimen representativo y democrático, la federación o el estado de derecho.
Así, consideró que en “el caso del expediente, a pesar de las críticas que puedan hacerse al artículo publicado por el investigado, de un breve análisis de su contenido no es posible extraer su motivación política, ni la lesión real o potencial a la integridad territorial, la soberanía nacional, el régimen representativo y democrático, la federación o el estado de derecho, circunstancia que revela el fumus boni iuris y recomienda la concesión de la precaución requerida» [P. 3].
El juez de conocimiento recalcó que esa publicación había sido efectuada en ejercicio legítimo de la libertad de prensa, y que ante la ausencia de lesiones a bienes jurídicos tutelados por la Ley de Seguridad Nacional, mal podría pretenderse la sanción del periodista que ejerció ese derecho.
Señaló finalmente, que dado que el procedimiento de investigación se desencadenó por una determinación hecha por el Ministro de Justicia y Seguridad Pública sobre la Policía Nacional, esa circunstancia fijó la competencia de este Tribunal para procesar y juzgar el Habeas Corpus impetrado por el periodista Helio Schwartsman.
El Impacto de la Decisión indica si la decisión expande o restringe la expresión basado en el análisis del caso.
Esta es una decisión que puede considerarse expansiva de la libertad de expresión, toda vez que retira del terreno de la sanción penal una manifestación típica de la libertad de prensa en sociedades democráticas, como es la crítica a funcionarios públicos de alta relevancia en el Estado. Adicionalmente, aún cuando el Tribunal no haya empleado fuentes de tipo interamericano, la ratio decidendi que inspiró esta sentencia se corresponde con los estándares desarrollados por el sistema interamericano de derechos humanos.
La Perspectiva Global demuestra cómo la decisión de la corte fue influenciada por normas de una o más regiones.
La importancia del caso se refiere a cuán influyente es el caso y cómo su importancia cambia con el tiempo.
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